martes, 26 de diciembre de 2023

PRIORIDAD APLICATIVA DE LOS ACUERDOS O CONVENIOS COLECTIVOS AUTONÓMICOS DESDE EL 21/12/2023

QUEDA EN SUSPENSO ESTA MODIFICACIÓN NORMATIVA POR NO HABER SIDO CONVALIDADA EN EL CONGRESO ESTA MATERIA REGULADA EN EL REAL DECRETO-LEY 7/2023.

Normativa: 

- Resolución de 10 de enero de 2024, del Congreso de los Diputados, por laque se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley7/2023, de 19 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por laque se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, y para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo.


Más información:

Cinco Días.

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El Real Decreto 7/2023, establece, con efectos a partir del 21/12/2023, que los acuerdos o convenios colectivos autonómicos tienen prioridad aplicativa sobre cualquier otro convenio sectorial o acuerdo de ámbito estatal siempre que: obtengan el respaldo de las mayorías exigidas para constituir la comisión negociadora en la correspondiente unidad de negociación y su regulación resulte más favorable para los trabajadores que la fijada en los convenios o acuerdos estatales.

 

Normativa:

- RD 7/2023 art.1.1 (nueva redacción del artículo 84.3 y 84.4 del Estatuto de los Trabajadores y disposición final novena).

  

Más información:

- Europa Press.

 

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