El
Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril (BOE: 15/04/2020), establece que en el
ámbito de las competencias de la Administración tributaria del Estado, los
plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones
tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a
600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la
entrada en vigor de este real decreto ley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se
extenderán hasta esta fecha. En este caso, si la forma de pago elegida es la
domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá
hasta el 15 de mayo de 2020.
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