Se convoca para el año 2021, la concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia no competitiva, de las líneas que a continuación se
relacionan, reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral en Andalucía:
- Línea 4, destinada a la contratación realizada por personas
trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de tres años a su cargo para
que trabajen en su actividad económica o profesional.
- Línea 5, destinada a la contratación realizada por personas
trabajadoras autónomas para su sustitución en los supuestos de riesgo durante
el embarazo, y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija,
adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.
Enlace BOJA:
- Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección Generalde Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para el año 2021,la concesión de subvenciones de las líneas 4 y 5 reguladas en la Orden de 5 deoctubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesiónde subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a laconciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía (BOJA núm.
197, de 9.10.2020).
- Extracto de la Resolución de 2 de junio de 2021, de laDirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca,para el año 2021, la concesión de subvenciones de las líneas 4 y 5 reguladas enla Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoraspara la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitivadirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral enAndalucía.
- Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo: Informaciónde las Ayudas para la Conciliación personal, familiar y laboral.
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