Estimado Cliente:
En ocasiones anteriores ya les
hemos informado de la obligación que tienen las empresas en el cumplimiento de
las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales. Ver:
Tanto en el momento actual,
como en los meses venideros, la crisis sanitaria provocada por el Covid-19 va a
dar lugar a la actuación de la Inspección de Trabajo, y de las autoridades
sanitarias, para constatar que los centros de trabajo cumplen la normativa
legal vigente en materia de prevención de riesgos laborales, al objeto de
verificar el cumplimiento de las medidas necesarias para la protección de su
seguridad y salud.
Estas actuaciones van a estar
centradas, especialmente, para evitar el contagio por el Covid-19, con
actuaciones que por parte de las empresas deben de centrarse en la evaluación
de riesgos frente a COVID 19, en la elaboración de un plan de contingencia que
haga frente al COVID 19 y en formación específica a los trabajadores frente el
COVID 19.
Por todo lo anterior,
aconsejamos a nuestros clientes que tomen las medidas oportunas para el
cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos
laborales y para aquellos clientes que tengan contratado dicho cometido con un
Servicio de Prevención Ajeno (SPA), lo que les recomendamos es que contacten
con el mismo para que les asesoren en esta materia.
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