Los obligados tributarios que estén incluidos, con carácter obligatorio o voluntario, en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada en relación con la Agencia Tributaria podrán señalar hasta un máximo de 30 días en cada año natural durante los que la Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición en la DEHú.
Para poder solicitar los llamados días de cortesía es
necesario estar dado de alta en la DEH y estar suscrito a los procedimientos
disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones.
El procedimiento a seguir para solicitar los días de
cortesía a la AEAT puede consultarlo en el siguiente enlace:
- Solicitud de días de cortesía para el envío de notificaciones electrónicas.
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