viernes, 27 de marzo de 2026

SUBVENCIONES PROGRAMA EMPLEA-T DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA 2026 (LÍNEAS 1 Y 2)

Las subvenciones del programa Emplea-T 2026 de la Junta de Andalucía son ayudas dirigidas a incentivar la inserción laboral y el fomento de la contratación indefinida en Andalucía.


Líneas subvencionables:

a) Línea 1. Incentivo a la primera contratación indefinida ordinaria por parte de personas trabajadoras autónomas.

La Línea 1 destinada a la primera contratación indefinida por personas trabajadoras autónomas que incorporan por primera vez personal a su actividad. Para este supuesto, se contemplan importes de 18.000 euros para contratos a jornada completa y 9.000 euros para contratos a jornada parcial.

b) Línea 2. Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida ordinaria por parte de pymes.

La Línea 2 dirigida a nuevas contrataciones indefinidas, tanto en el caso de autónomos que ya cuentan con plantilla como en el de pymes. Para esta modalidad, las cuantías alcanzan los 15.000 euros en contratos a jornada completa y 7.500 euros en jornada parcial.

En ambos casos, se establecen incrementos adicionales de hasta 2.000 euros cuando la persona contratada sea mujer, en función del tipo de jornada. Igualmente, en los dos supuestos, la contratación deberá suponer un incremento neto de la plantilla fija de la entidad beneficiaria y mantenerse durante un periodo mínimo de 24 meses. Los contratos indefinidos subvencionables serán los formalizados entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2026.


Objeto:

El objeto de la presente convocatoria es incentivar la contratación indefinida ordinaria a jornada completa, o parcial siempre que sea igual o superior al 50% de la jornada completa, de personas desempleadas menores de 30 años, personas mayores de 45 años y personas desempleadas de larga duración, cualquiera que sea su edad, por parte de personas trabajadoras autónomas, mutualistas de colegios profesionales y pymes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 11 de las bases reguladoras.


Cuantía de la subvención:

a) 15.000 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa.

b) 7.500 euros, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial que sea igual o superior al 50% de la jornada completa.

La cuantía de la subvención establecida en el apartado anterior se verá incrementada en los siguientes supuestos:

a) 2.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer, para contratos indefinidos ordinarios a jornada completa.

b) 1.000 euros adicionales, cuando la persona contratada sea mujer, para contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial.


Plazo para la presentación de las solicitudes:

Desde el día 28/03/2026 al 30/06/2026.


BOJA:

Resolución de 20 de marzo de 2026.

Extracto de la Resolución de 20 de marzo de 2026.


Información de la Junta de Andalucía:

- Consejería de Empleo. 1

- Consejería de Empleo. 2

- Consejería de Empleo. 3

- Consejería de Empleo. 4


Presentación de solicitudes:

- Solicitud Programa Emplea- T. Línea 1.

- Solicitud Programa Emplea- T. Línea 2.





martes, 17 de marzo de 2026

INCENTIVO A LA CONVERSIÓN DE CONTRATOS INDEFINIDOS ORDINARIOS DE JORNADA PARCIAL A JORNADA COMPLETA POR PARTE DE PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y PYMES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (LÍNEA 3)

Se ha publicado en el BOJA de fecha 17/03/2026, la Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convoca, para el ejercicio 2026, la concesión de subvenciones de la Línea 3 regulada en la Orden de 3 de octubre de 2024.

- Objeto del incentivo (línea 3): Incentivar la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial en contratos indefinidos ordinarios a jornada completa de las personas trabajadoras mayores de 30 años de edad.

La condición de edad deberá cumplirse el día de inicio de la conversión de la relación laboral.

La jornada parcial inicial, objeto del incremento subvencionado debe ser igual o inferior al 50% de la jornada laboral completa.

La contratación indefinida ordinaria subvencionada deberá mantenerse durante un periodo mínimo de 24 meses desde la fecha de la conversión de la jornada de trabajo.

Será subvencionable aquella conversión del contrato indefinido ordinario a jornada parcial en jornada completa que se produzca en el período comprendido entre el día 1 de enero de 2026 y el día final del plazo de presentación de solicitudes.

A estos efectos será considerada fecha de inicio de la conversión del contrato indefinido ordinario a jornada parcial en jornada completa, la fecha de variación de datos de afiliación a la Seguridad Social por modificación de la jornada laboral, que deberá estar comprendida entre el día 1 de enero de 2026 y los diez días posteriores a la fecha de presentación de cada solicitud de subvención.

- Cuantía de la subvención: La cuantía de la subvención por la conversión a contratación indefinida ordinaria a jornada completa será de 7.500 euros, con un incremento adicional de 1.000 euros cuando la persona contratada sea mujer. Cuando el contrato se formalice con una persona con discapacidad, la cuantía de la subvención será de 10.000 euros, con un incremento adicional de 1.000 euros cuando la persona contratada sea mujer.

- Solicitudes y medio de presentación: Las solicitudes de las subvenciones se cumplimentarán de forma electrónica en el formulario normalizado.

- Plazo de presentación de las solicitudes: Del 18/03/2026 al 30/06/2026.


BOJA:

- Resolución de 11 de marzo de 2026.

- Extracto de la Resolución de 11 de marzo de 2026.


Información de la Junta de Andalucía:

- Consejería de Empleo. 1

- Consejería de Empleo. 2

- Consejería de Empleo. 3


Presentación de solicitudes:

- Sede Electrónica General de la JJAA (Programa Emplea- T. Línea 3).