lunes, 14 de enero de 2019

NOVEDADES LABORALES PARA LOS AUTÓNOMOS EN 2019


El Real Decreto Ley 28/2018 para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empresa, incorpora los siguientes cambios para los trabajadores autónomos:

- Pasa a ser obligatoria la cobertura de todas las contingencias para los trabajadores autónomos: comunes, profesionales y por cese de actividad. Las nuevas coberturas permitirán al trabajador autónomo: cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día en que curse baja, no pagar cuota de autónomos a partir del segundo mes de baja por Incapacidad Temporal y hasta el momento de alta, acceder a la formación continua y un mejor y mayor acceso a la prestación por cese de actividad cuya duración aumenta de 12 a 24 meses.

- Con carácter general para los trabajadores por cuenta propia, pasa a ser obligatorio cubrir con una mutua todas las contingencias (con algunas excepciones, como es el caso del Régimen Especial Agrario).

- La tarifa plana del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se incrementa hasta 60€.

- La base máxima de autónomos pasa a ser de 4.070,10 euros.

- La base mínima de cotización del autónomo para 2019 pasará a ser de 944,40. Este incremento supone una subida de casi 5 euros mensuales. Esta subida proviene también, del incremento del tipo de cotización que aumenta del 29,8% al 30% incluyendo las prestaciones por contingencias profesionales, cese de actividad y formación que se añade a las contingencias comunes. En los supuestos de autónomos societarios, la base mínima de cotización pasa a ser de 1.214,08 euros.


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