Tal y como ya anunció la AEAT en relación al uso del certificado
digital, en aplicación del Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento europeo y
del Consejo de 23 de julo de 2014, relativo a la identificación electrónica y
los servicios de confianza en las transacciones electrónicas en el mercado
interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE, la Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) comenzó a expedir los nuevos
certificados de representante de persona jurídica, de representante de entidad
sin personalidad jurídica y de representante para administradores únicos y
solidarios, dejando de emitirse los certificados de persona jurídica y de
entidad sin personalidad jurídica.
No obstante, dichos certificados podrán seguir utilizándose hasta
su caducidad o revocación.
Por tanto, podrán obtenerse los nuevos certificados de
representante, actuando de la siguiente forma:
- Si se trata de un administrador único o solidario,
podrá obtener su certificado de representante sin necesidad de personarse
en las oficinas de registro ni aportar documentación alguna, siempre que
se identifique en la página Web CERES, con un certificado
electrónico de persona física expedido por la FNMT-RCM o de los incluidos
en el DNI electrónico (la expedición del certificado queda sometido a la
vigencia de las facultades de representación que consten en el Registro
Mercantil a favor del interesado).
- Si no es administrador único o solidario, o si
no puede identificarse en la página web como se ha descrito en el párrafo
anterior, es preciso personarse en una oficina de registro para obtener un
certificado de representante, con la documentación exigible en cada caso.
la obtención de estos certificados tiene un coste que oscilan
entre los 14 y 24 euros más IVA.
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